El Boletín Digital AJFV de Social de Julio 2016 contiene el artículo monográfico “No concilies, que es peor. Sobre el artículo 85. 8 de la LRJS”, elaborado por D. Mariano Mecerreyes Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres.

VOCES: Jurisdicción social. Conciliación laboral. Avenencia. Conciliación ante el Letrado de la Administración de Justicia. Ausencia de audiencia pública. Aprobación del acuerdo por el Letrado de la Administración de Justicia con valor de conciliación judicial. La posibilidad del Juez de suscitar la posibilidad de acuerdo tras la práctica de la prueba. Desconfianza del legislador hacia el Juez.

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