SR. PRESIDENTE DEL CGPJ
Excmo. Sr:
Las Asociaciones Judiciales APM, FV, JyJPD y FJI entendemos que el mandato contenido en los artículos 402 y siguientes de la LOPJ, en relación con la Ley 19/2003, no deben ser meras intenciones programáticas. Al contrario, la independencia económica de Jueces y Magistrados constituye uno de los pilares en los que sustentar la independencia judicial.
Desde hace años, nuestra carrera ha ido perdiendo poder adquisitivo a la vez que se han aumentado las incompatibilidades.
Las normas deben ser cumplidas. Lo que ahora se solicita, es simplemente, y sin perjuicio de ulteriores peticiones, la diferencia que perdimos años atrás y que se centra en el 10% de los conceptos retributivos básicos y complementarios percibidos. Aparte lo anterior y como especialidades relativas al esfuerzo personal de Jueces y Magistrados, es de justicia que se retribuya adecuadamente las sustituciones y las guardias como sucede en otros grupos profesionales del estado. Las cuestiones técnicas ya se aportarían en ulteriores momentos.
En estos momentos, pedimos a ese órgano al que usted representa, una declaración formal y de convencimiento en el sentido de apoyarnos frente a las instituciones que poseen la competencia para ello. Nada más y nada menos. La carrera, lo demanda.
Por todo ello,
SOLICITAMOS: Una Declaración formal del órgano competente del Consejo General del Poder Judicial, donde se determine que el órgano al que VE representa, nos apoyará con todos los medios legales para solicitar ante quien sea necesario, el cumplimiento de las normas previstas en la LOPJ en materia de independencia económica y retribuciones, que de momento pueden establecerse en las concretas peticiones que se han expuesto.
Por ser de Justicia, en Madrid, a 6 de junio de 2017.
Manuel Almenar, APM
Raimundo Prado, AJFV
Ignacio González, JpD
Concepción Rodríguez, FJI
Descargar (pdf) Carta al CGPJ sobre retribuciones
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