El internamiento psiquiátrico preventivo, «la gran nebulosa» del Código Penal

Impotencia. Así es como algunos jueces describen la sensación que les recorre cuando, en una guardia, se ven con «las manos atadas» ante alguien con algún trastorno mental que ha cometido un delito grave sin ser consciente de ello. En tal escenario, solo hay dos opciones: o libertad o prisión provisional.

Pero esa no es la mejor solución. Según varios magistrados consultados por Efe, lo óptimo sería el internamiento psiquiátrico preventivo como medida cautelar, algo que aún no está regulado y que representa «la gran nebulosa» del Código Penal.

Una medida que sí que existe si ya hay sentencia condenatoria. Eso sí, ésta tendría que ser firme pues mientras que esté a la espera de algún recurso, el problema sigue encima de la mesa.

Esto es algo, a ojos de Raquel Barrero, médico forense con varias décadas de profesión, «tremendamente preocupante» en tanto que el juez «carece de facultad para decretar el ingreso en un centro psiquiátrico penitenciario» de una persona que ha sido declarada inimputable (que no se le puede imponer una pena) en una sentencia a la espera de recurso. Hasta que ésta no sea firme, esta persona «estaría en la calle».

Algo similar ocurre cuando un una persona con indicios o evidencias de inimputabilidad, es decir, que no es consciente del mal que ha podido hacer, está siendo investigada por haber cometido un delito grave.

En ese caso, el escenario del juez es muy limitado, solo puede optar por enviarla a prisión o dejarla en libertad. «No hay punto intermedio».

Ante tal panorama, jueces como Natalia Velilla -que ahora ejerce en un juzgado de Torrejón de Ardoz- o Patricia Santamaría (en un juzgado de lo penal de Madrid) se sienten «impotentes» por no poder dar una solución adaptada a las circunstancias de estos enfermos, «cuya inimputabilidad se sabe de antemano».

Las dos coinciden: «En estos casos la prisión provisional es inocua, servirá para aislarle pero su finalidad real no tendrá efecto y además se sentirán en un entorno hostil para ellos».

Por eso, abogan por una «modificación legal por la que se pueda implantar la medida cautelar del ingreso en un centro psiquiátrico penitenciario» (solo hay dos en España, en Alicante y en Sevilla) y que sean «las instituciones médicas las que decidan cuál es el centro y el tratamiento mejor».

Para Velilla, que incluso se pregunta si no se estarán vulnerando los derechos fundamentales de estos enfermos al enviarles a prisión, ésta es una «laguna legal total» que debe ser abordada en tanto que «lo único que les puede incentivar para no cometer un delito es un tratamiento psiquiátrico adecuado».

Desde el mundo de la medicina forense, el diagnóstico es el mismo, eso sería «lo ideal» porque «se trata de un tema de salud pública». Aunque Raquel Barrero subraya la necesidad de examinar bien la situación de cada persona y las condiciones en las que cometió el delito, pues un enfermo mental adecuadamente medicado «es perfectamente consciente de lo que está cometiendo».

Y advierte: «El enfermo mental no delinque más que una persona sana y no se debe meter a todos en el mismo saco».

Pese a que fuentes de este entorno denuncian fallos en la distribución de los recursos para tratar a estos enfermos en la cárcel, desde instituciones penitenciarias destacan el control «exhaustivo» al que se les somete.

En cualquier caso, la magistrada Santamaría insiste en lo «peligroso que supone un fin inadecuado de la prisión preventiva» y el «vacío» que genera la carencia de una medida adecuada para este tipo de enfermos, algo que «ya ha llegado a reconocer en alguna sentencia el Tribunal Constitucional».

Por eso, hace una semanas la Asociación Judicial Francisco de Vitoria elevó un informe al Defensor del Pueblo para que sus demandas «se hagan oír» y, a través de este órgano, se pueda impulsar una medida legislativa que regule el internamiento psiquiátrico preventivo.

Aunque el informe aún no ha sido tramitado, según han informado a Efe fuentes de este organismo, el Defensor del Pueblo ya reconoció en 1991 que «sería cony veniente que, durante la instrucción, la ley procesal previera la adopción de la medida cautelar de internamiento en centro psiquiátrico con las mismas garantías de la prisión preventiva y con los mismos requisitos que ésta».

Aún hoy, 26 años después, los jueces continúan solicitando que se rellenen «estos grises legislativos» y que se ponga el foco en estos enfermos que en ocasiones son «los gran olvidados de la sociedad».

Fuente: diariovasco.com

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