Estimados/as compañeros/as:
En archivo adjunto os remitimos la sentencia dictada por la Sala III del Tribunal Supremo el pasado 31 de marzo en el asunto denominado “aparcamientos de Málaga”. Como sabéis, pues de ello os informamos puntualmente, tanto el Juez Decano de Málaga como el Presidente de la Audiencia de dicha ciudad adoptaron sendos acuerdos el 8 de julio de 2009 sobre el uso de los aparcamientos de la nueva ciudad de la Justicia de Málaga. Los acuerdos vinieron motivados de forma preferente por razones de seguridad que afectan de forma esencial a Jueces y Fiscales. En una decisión con muy escasos precedentes, la Comisión Permanente del CGPJ en el control de legalidad de los órganos de gobierno dejó sin efecto ambos acuerdos desautorizando al Decano y al Presidente, cuando esta asociación siempre entendió que en la correcta interpretación de la LOPJ a ellos correspondía resolver sobre la adecuada utilización de los edificios en que tengan su sede de acuerdo con el artículo 168 de la LOPJ.
Interpuesto recurso contencioso administrativo ante la Sala III del Tribunal Supremo, este ha sido desestimado por los motivos que podréis leer en la fundamentación jurídica.
AJFV seguirá luchando porque se respeten las competencias de los órganos de gobierno del Poder Judicial frente al interés del Poder Ejecutivo, tanto nacional como autonómico, por limitarlas e instará si para ello fuera preciso las reformas legislativas necesarias.
El Comité Nacional de AJFV
Madrid a 27 de abril de 2011.