En el día de hoy hemos conocido las enmiendas legislativas promovidas por los grupos parlamentarios Socialista y de Unidas Podemos que, mediante una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), pretenden, por una parte, eliminar la mayoría reforzada necesaria para la designación por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de los dos magistrados del Tribunal Constitucional cuyo nombramiento corresponde al CGPJ; y, por la otra, prescindir del trámite por el que el propio Tribunal Constitucional verifica la idoneidad de los candidatos designados por otros órganos constitucionales para formar parte del Tribunal.
Ante las graves implicaciones que estas iniciativas tendrán, caso de prosperar, en el sistema constitucional de equilibrios entre poderes y órganos constitucionales, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) quiere manifestar lo siguiente:
1º- Las enmiendas conocidas en el día de hoy representan la cuarta ocasión en los dos últimos años en la que, desde la mayoría parlamentaria que sustenta al Gobierno de la Nación, se modifica la LOPJ (las otras serían el intento de rebajar las mayorías para designar vocales judiciales del CGPJ; la privación de las facultades del CGPJ de nombramiento de cargos judiciales; y la devolución al CGPJ de facultades para nombrar magistrados del TC). Estas reformas se han hecho (o intentado hacer) en todos los casos de manera apresurada y persiguiendo objetivos políticos concretos y coyunturales, destacando en la propuesta hoy conocida la expresa referencia a la posible relevancia penal dimanante del comportamiento que se pudiera desarrollar. Esta referencia quiebra el imprescindible equilibrio institucional que necesariamente ha de presidir la normal relación entre los poderes del Estado.
2º- En un sistema constitucional democrático como el nuestro, diseñado para que el poder público no se concentre en un solo órgano y las instituciones se controlen unas a otras, tratar de imponer, mediante reformas legales que bordean, cuando no superan, los márgenes constitucionalmente admisibles, la voluntad de uno de esos órganos o instituciones sobre los demás no es admisible, en términos de respeto a las reglas del Estado de Derecho, sin el que no hay democracia que pueda subsistir.
3º- Que varios órganos estén incumpliendo las obligaciones que la Constitución y la ley les imponen – como sucede con el Congreso de los Diputados y el Senado, que llevan cuatro años sin renovar el CGPJ; o con el propio CGPJ, que no ha designado a los dos magistrados del TC que le corresponden – no legitima al Gobierno de la Nación, ni a las mayorías parlamentarias que lo sustentan, para alterar los equilibrios entre instituciones que permiten que todas ellas ejerzan su función debidamente y, al hacerlo, controlen a las demás.
4º- En el caso del Tribunal Constitucional, lo anterior es especialmente grave, ya que su posición es la de garante último de la Constitución y, en tal función, se superpone incluso a las Cortes Generales, por lo que preservar su imparcialidad es esencial para asegurar la legitimidad del sistema en su conjunto. Las enmiendas que se han conocido hoy tratan, por el contrario, de conseguir que la composición del Tribunal Constitucional sea una determinada y, en tal sentido, en el contexto institucional que vive el país, ponen en riesgo el Estado de Derecho.
5º- A quienes componen cada institución se les debe exigir un escrupuloso respeto a las normas constitucionales que la regulan. Desde AJFV exigimos, en consecuencia, que el CGPJ cumpla su obligación de nombrar los magistrados del TC que le corresponden y que el Gobierno de la Nación y las Cortes Generales respeten los límites que a uno y otras impone nuestra Constitución.
En MADRID, a 9 de diciembre de 2022.
El Comité de Coordinación Nacional de la AJFV
Descargar (pdf) Comunicado AJFV 20221209
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