Ante la decisión que en las últimas fechas parece defender la Consejería de la Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias acerca de la ubicación de la nueva sede judicial de Santa Cruz de Tenerife, desde esta Sección Territorial de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, ampliamente mayoritaria en Canarias, y en particular en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, tras su reunión celebrada el 21 de marzo de 2017, se expone que:
Este mismo debate fue ya planteado y resuelto en 2006, desechándose expresamente la ubicación de dicha sede en el solar de El Sobradillo (como ya antes se desechó que acogiera la sede de la actual Consejería de Educación y Universidades), existiendo en aquellas fechas un total consenso y unanimidad de todos los colectivos afectados (jueces, fiscales, letrados de la administración de justicia, funcionarios, abogados, procuradores y graduados sociales) en cuanto a que se debía mantener su actual ubicación en Cabo-Llanos, en el solar al efecto ya previsto para su ampliación.
Fruto de aquella decisión, desde la Consejería de la Presidencia se trabajó en esa línea, convocándose primero un concurso de ideas, con su correspondiente proyecto ganador, y, más recientemente, por el anterior equipo de dicha Consejería, se efectuaron activas gestiones para la permuta del solar originario por uno cercano de mucha mayor cabida en la misma zona, perteneciente a la Consejería de Educación y Universidades, el cual, no solo garantizaba la plena viabilidad del proyecto, con inclusión de todos los servicios propios y de conciliación familiar (número adecuado de salas de vistas, despachos y oficina judicial, restaurante, cafetería, salas de reuniones y de prensa, guardería y plazas de aparcamiento para todos los colectivos que en el mismo trabajen), respondiendo al concepto moderno de “ciudades judiciales”, sino que garantizaba plenamente el poder hacer frente de manera holgada a la demanda de espacio derivada la futura creación de nuevos órganos judiciales.
La apuesta por Cabo-Llanos, lejos de ser caprichosa, obedece a las ventajas de todo tipo que ofrece la zona, en la que se han ido concentrando numerosas sedes administrativas, estando allí ubicado el Intercambiador, como auténtico nudo central del transporte terrestre insular (guaguas, tranvía, taxi y futuro tren del norte y de sur), así como una amplia y ya existente oferta de estacionamientos públicos y de servicios de todo tipo, además de la cercanía con los colegios profesionales Abogados, Procuradores y Graduados Sociales y de muchos de los despachos de sus colegiados. Ventajas que, ni por asomo, analizadas en su conjunto pueden ser predicables de la ubicación ahora nuevamente ofertada de El Sobradillo; alejada y separada físicamente de la ciudad y mal comunicada con la misma, con todos los inconvenientes y disfunciones que ello supone, y, por ende, perjuicios de todo tipo para la ciudadanía y los profesionales que a diario tendrán que desplazarse hasta allí. No debe olvidase que se trata de ubicar la sede, no solo de los juzgados del partido judicial de Santa Cruz de Tenerife, sino de órganos judiciales con competencia provincial, afectando así a la ciudadanía y a los profesionales de toda la provincia, debiendo primar por ello una ubicación estratégica.
No se trata pues de implantar la futura sede judicial en la zona de Cabo-Llanos, sino de mantener en esta zona su actual ubicación, privilegiada por lo ya indicado y perfectamente viable. De hecho, los posibles inconvenientes de tipo urbanístico (volumetría, alturas y superficie edificable) o de afectación no debieron ser tantos cuando, hasta diciembre de 2016, en las reuniones mantenidas con nuestro colectivo siempre se transmitió que esa era la apuesta política, y no otra se exteriorizaba a la opinión pública, habiendo surgido ahora y sorpresivamente como obstáculos aparentemente insalvables tales inconvenientes cuando desde esa Consejería la opción parece inclinarse de manera nada disimulada por El Sobradillo.
Por ello, y tratándose de una decisión crucial llamada a producir sus efectos en las venideras décadas, afectando a sus profesionales y a la ciudadanía en general, en modo alguno se entiende el inesperado y sorpresivo cambio de rumbo de la Consejería de la Presidencia, que ha desplegado un procedimiento tan veloz y poco meditado de decisión que resulta poco compatible con un sereno estudio y posibilidad real de toma de postura por los distintos colectivos afectados, mucho de los cuales apenas han podido estudiar los documentos que sobre la marcha se han ido aportando desde la propia administración para contrarrestar las opiniones contrarias manifestadas a la ubicación de El Sobradillo ni, mucho menos, consultar debidamente a sus integrantes. El principio de audiencia que rige en cualquier procedimiento administrativo de toma de decisión -y este lo es- y la adecuada conformación de la decisión de todos los colectivos exigen un cauce más sosegado, con la creación incluso de una comisión integrada por todos los colectivos y administraciones afectadas en la que se estudie, debata y eleve una propuesta final conjunta, huyendo de reuniones sectoriales sucesivas con algunos de tales colectivos a fin de conseguir su apoyo.
Y es que la actuación ahora desplegada, sin casi margen de actuación para los colectivos directamente afectados, respecto de un proyecto que en los últimos diez años ha estado prácticamente paralizado, parece obedecer más a una decisión tomada de antemano que a un auténtico deseo de conformar una decisión sosegada y participativa. No otra cosa parece incluso derivarse de la reciente información aparecida en un medio de comunicación escrito, de la que parecía derivarse que la decisión de ubicar el futuro edificio judicial en la zona de El Sobradillo estaba prácticamente tomada por la Consejería de la Presidencia, indicándose literalmente que, no siendo aún firme su decisión, “la suerte estaba echada”.
Por todo ello, desde esta Sección Territorial se entiende que:
1.- Urge la inmediata paralización del proceso iniciado, con la apertura de un marco real de debate, con la creación de una comisión en la que se encuentren presentes y representados todos los colectivos afectados, dándose traslado conjunto de toda la documentación e informes existentes, para su valoración por cada uno de ellos, permitiendo así la presentación de alegaciones y un debate sereno y reflexivo.
2.- La conformación de las posturas de los diferentes colectivos afectados, debidamente informada y tras debate interno, pasa por la efectiva consulta a sus integrantes, actuación que sólo ha sido llevada a cabo por el colectivo judicial de Santa Cruz de Tenerife a través de sus respectivas Juntas de Jueces y de la Audiencia Provincial.
3.- Por la Sala de Gobierno del TSJC se debe proceder al debate y adopción de un acuerdo sobre este particular, tras oír las opiniones emitidas por las Juntas de Jueces y de la Audiencia Provincial y dar audiencia a las asociaciones judiciales.
4.- Este asunto, dada su entidad e implicación, debe ser también sometido a la Comisión Mixta Sala de Gobierno-Gobierno de Canarias.
Sección Territorial de S/C de Tenerife.
En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2017.
Descargar (doc) Comunicado ubicación nueva sede judicial de Santa Cruz de Tenerife
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