CONCLUSIONES DE LA XXX ASAMBLEA DE LA ASOCIACIÓN JUDICIAL FRANCISCO DE VITORIA (AJFV) EN BILBAO

14 de noviembre de 2015

CONCLUSIONES SOBRE “EL EXPEDIENTE DIGITAL”.

1º.- Supeditar la implantación de la digitalización plena a que se dote a los Tribunales de los medios adecuados debiendo contar en su total aplicación con la intervención de los Jueces y Magistrados y de las asociaciones judiciales* (Se aprueba por mayoría).

2º.- Creación de un protocolo de actuación y homogeneización para la unificación de criterios y sistemas informáticos en el que se determine las actuaciones que necesariamente han de seguir estando en papel y el procedimiento de dación de cuenta. En los procesos con actuaciones en papel se debe establecer normativamente cual es el expediente de referencia (virtual o físico). Dicho protocolo se realizará con la intervención de todos los interesados incluyendo el CGPJ y las asociaciones judiciales. (Se aprueba por unanimidad).

3º.- Para la implantación es imprescindible la existencia de medios informáticos (software y hardware) adecuados con unos requisitos mínimos y estandarizados para todos tanto en despachos y oficinas como en salas de vistas. El Juez tiene que tener tanto en su despacho como en su domicilio todos los medios informáticos que le serán provistos por el CGPJ o por la administración correspondiente y la posibilidad de acceso remoto al expediente digital.

4º.- La aplicación informática ha de ser funcional con un sistema organizado de índices, permitiendo la edición de documentos, la búsqueda por palabras o conceptos, etc. La digitalización y el escaneo de documentos debe tener unos criterios de calidad mínimos. (Se aprueba por unanimidad).

5º.- Debe garantizarse una asistencia técnica de calidad inmediata y una formación inicial y continuada en esta materia a los miembros del Poder Judicial. (Se aprueba por unanimidad).

6º.- En las jurisdicciones en las que se necesita el expediente administrativo, la presentación digital ha de ser conforme a los programas y estándares que se fijen de forma protocolaria. (Se aprueba por unanimidad).

7º.- La plena implantación del expediente digital en ningún caso supondrá privar a los Jueces de la posibilidad de ordenar la impresión de los documentos o parte del expediente que estime necesario para el ejercicio de su labor jurisdiccional. Se solicita del CGPJ que vele por su recta aplicación. (Se aprueba por unanimidad).

8º.- Adopción de medidas necesarias para evaluar los nuevos riesgos laborales para los Jueces y Magistrados derivados del proceso de digitalización. (Se aprueba por unanimidad).

CONCLUSIONES SOBRE “EL REGISTRO CIVIL. REFORMA”

1º.- Registro Civil público y gratuito (Se aprueba por unanimidad).

2º.- Registro Civil dentro de la Administración de Justicia a cargo de Jueces y Letrados de la Administración de Justicia con competencias propias y diferenciadas de cada uno de los dos cuerpos (Se rechaza la propuesta por mayoría).

CONCLUSIONES SOBRE “REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL”.

1º.- Merece una valoración positiva la generalización de la doble instancia y la regulación de las medidas de investigación tecnológica. En todo caso, la doble instancia exige una dotación de medios humanos necesarios para acometer dicha función. (Se aprueba por unanimidad).

2º.- La agilización de la justicia penal no se alcanzará con medidas a coste cero. Sólo se conseguirá de manera real y efectiva con la dotación de recursos humanos y materiales para la justicia y para sus colaboradores, especialmente para la policía judicial, científica y demás organismos que aportan sus pericias (toxicología, farmacia, auditores…) creando órganos periciales especializados. (Se aprueba por unanimidad).

3º.- El sometimiento de la instrucción a plazo en las actuales condiciones puede generar impunidad, especialmente los delitos de instrucción compleja, como los de corrupción. (Se aprueba por unanimidad).

4º.- La no remisión de los atestados sin autor conocido a los órganos judiciales amplía el ámbito de la discrecionalidad de la administración, y puede dificultar la correcta tutela judicial de la víctima. Debe garantizarse el control de la investigación policial. (Se aprueba por unanimidad).

Siendo las 13:45 horas se inicia el debate asociativo sobre cuestiones de interés.

PROPUESTA PRESENTADA POR LOS JUECES EN EXPECTATIVA DE DESTINO ASOCIADOS A AJFV, en relación a la situación de los Jueces de Adscripción Territorial, Jueces de Apoyo al Juez de Adscripción Territorial, y Jueces en Expectativa de Destino de las últimas promociones.

1º.- Se requiere un plan de actuación e información clara, puntual y completa sobre los tiempos del proceso de asignación de plazas a los jueces en expectativa de destino para garantizar la transparencia del mismo. Ello es necesario para que los jueces puedan planificar la vida personal y laboral. (se aprueba por unanimidad).

2º.- La Asociación Francisco de Vitoria muestra su apoyo a los jueces en expectativa de destino y denuncia que esta situación vulnera el principio de inamovilidad judicial. (Se aprueba por mayoría).

3º.- La designación de las últimas promociones de jueces en prácticas como jueces sustitutos denigra la carrera judicial. (Se aprueba por unanimidad).

Descargar (doc) Conclusiones XXX Asamblea AJFV Bilbao 2015

Descargar (pdf) Díptico XXX Asamblea AJFV Bilbao 2015